Instituciones - Comisión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA



FUNCIÓN

Brazo ejecutivo de la UE e iniciadora de las propuestas legislativas. Es una institución políticamente independiente que representa y defiende los intereses de la Unión Europea. Propone la legislación, las políticas y los programas de acción y es responsable de aplicar las decisiones del Parlamento y  del Consejo. A  nivel exterior, representa a la Comunidad y realiza las negociaciones internacionales y vela por la correcta aplicación de las disposiciones del Tratado y  de las decisiones tomadas  por las instituciones comunitarias. La Comisión es responsable colegialmente ante el Parlamento Europeo. Y para desarrollar su trabajo se divide en Direcciones Generales y Servicios, cada Dirección General es responsable de un área política particular y está dirigida por un director general, responsable ante uno de los comisarios.

Composición

Los miembros de la Comisión se denominan comisarios y  se comprometen a actuar en interés de la Unión en conjunto y sin aceptar instrucciones de los gobiernos nacionales. Cada 5 años se designa una nueva Comisión, en un plazo de seis meses desde las elecciones al Parlamento Europeo. El procedimiento es:


- Los Gobiernos de los Estados miembros consensúan el nombre del nuevo presidente de la Comisión.


- El presidente designado negocia con los gobiernos de los Estados miembros los nombres de los otro comisarios que van a formar parte de la Comisión.


- El nuevo Parlamento se entrevista con estas personas y emite un dictamen sobre todo el colegio.


¿Quién elige al Presidente de la Comisión"

El Consejo Europeo propone un candidato al Parlamento Europeo, que lo aprueba por mayoría de sus miembros. Si el candidato propuesto no recibe una mayoría de votos, el Consejo Europeo debe, en el plazo de un mes, nombrar a otro candidato.

¿Qué hace la Comisión"

- Proponer legislación al Parlamento y al Consejo. Tiene el derecho de iniciativa. La Comisión propondrá que la UE actúe si considera que un problema no puede ser solucionado más eficazmente en el ámbito  nacional, regional o local (principio de subsidiariedad)

- Gestionar y aplicar las políticas comunitarias y el presupuesto.

- Hacer cumplir la legislación europea (junto con el Tribunal de Justicia). Es guardiana de los Tratados ya que es la encargada de garantizar la correcta aplicación de la legislación de la UE en todos los Estados miembros, mediante la iniciación del proceso de infracción y  si persiste en incumplir  remite el asunto al Tribunal de Justicia.

 - Representa  a la Unión Europea en al escena internacional, negociando acuerdos entre la Unión y otros países.

¿Cómo está organizado  el trabajo de la Comisión"

Corresponde al presidente de la Comisión distribuir  y modificar, en caso necesario, las áreas de responsabilidad política entre los comisarios durante el mandato de la Comisión. El Presidente, con la aprobación de la Comisión, puede también exigir la dimisión de un Comisario.

El Colegio de 25 comisarios, uno por estado miembro, elegidos por el Presidente electo de la Comisión de una lista de tres candidatos por Estado miembro. Posteriormente, el Colegio colectivamente se somete a una votación de aprobación por el Parlamento Europeo.   se reúne una vez por semana, generalmente el miércoles  y en Bruselas . Cada punto del orden del día es presentado por el comisario responsable de esa área  política y el Colegio toma una decisión  colectiva al respecto.

La Comisión Europea está dividida en 26 Direcciones Generales y 9 servicios, que a su vez están divididos en direcciones y éstas en unidades. Cada Dirección General es responsable de un  área política particular y está dirigida por un director general, responsable ante uno de los comisarios.

¿Cómo decide la Comisión"

Las decisiones se adoptan de forma colectiva, a propuesta de uno o más miembros de la Comisión. La Comisión decide por mayoría simple. Si hay empate en la votación, el voto del Presidente decide el resultado.

Las decisiones de la Comisión pueden adoptarse de cuatro maneras diferentes:


- En reunión (que generalmente se convoca una vez por semana). Cualquier miembro de la Comisión puede solicitar que se celebre una votación.

- Por el procedimiento escrito. La propuesta se transmite por escrito a todos los miembros de la Comisión, que comunican sus reservas o modificaciones dentro de un plazo determinado. Todo miembro de la Comisión puede pedir que se celebre un debate si lo considera útil. Si no se comunican reservas ni modificaciones, la Comisión adopta la propuesta.

 - Mediante habilitación. La Comisión puede autorizar a uno o más de sus miembros a tomar una decisión, siempre que se respete el principio de responsabilidad colectiva. En determinadas circunstancias, estos poderes de decisión pueden subdelegarse también a los directores generales y jefes de servicio.

 - Por delegación. La Comisión puede delegar la adopción de determinadas decisiones a los directores generales y los jefes de servicio, que entonces actúan en su nombre.


DIRECCIÓN

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B – 1049 Bruxelles/Brussel
Tel. (32 – 2) 299 11 11

Más información en Internet: http://ec.europa.eu/index_es.htm

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