EUROPASS
Se denomina Europass, al
marco comunitario único establecido por la Decisión
2241/2004/CE del Parlamento y del Consejo de 15 de diciembre de 2004
creado para fomentar la transparencia de las cualificaciones y
competencias mediante la creación de un expediente personal y
coordinado de documentos.
«Europass»
lo podrán utilizar los ciudadanos con carácter voluntario
para comunicar y presentar mejor sus cualificaciones y competencias
en toda Europa.
La utilización del
Europass o de cualesquiera de los documentos Europass no impone
ninguna obligación ni confiere ningún derecho distinto de
los definidos en la presente Decisión.
Documentos
Europass
Los documentos Europass
son los siguientes:
a) el Curriculum Vitae
Europass (en lo sucesivo, «CV Europass»)
(Art 5 Decisión
2241/2004/CE)
b) los documentos
contemplados en los artículos (6 a 9 Decisión
2241/2004/CE):
-
Portafolio de Lenguas
Europass.
-
Documento de Movilidad
Europass.
-
Suplemento de Diploma
Europass.
-
Suplemento de
Certificado Europass.
c) cualquier otro
documento aprobado por la Comisión como documento Europass, con
arreglo a los criterios establecidos en el anexo I y de conformidad
con el procedimiento a que se refiere el apartado 2 del artículo
4 Decisión 2241/2004/CE.
El CV Europass da a los ciudadanos la
posibilidad de presentar en una forma clara y completa la
información relativa a todas sus cualificaciones y competencias.
Más información
El Pasaporte
de lenguas brinda a los ciudadanos la oportunidad de presentar sus
conocimientos lingüísticos.
Más
información
El Documento de movilidad
Europass registrará los periodos de aprendizaje realizados por
los titulares en países distintos del suyo.
Más
información
El Suplemento de diploma
Europass proporciona información sobre los niveles de estudio en
la enseñanza superior alcanzados por el titular.
Más
información
El Suplemento de
certificado Europass describe las aptitudes y cualificaciones
correspondientes a un certificado de formación profesional.
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